Blogia
DEBATE ABIERTO, la página de Roberto Pérez Betancourt

Este domingo, elecciones en Cuba para delegados a asambleas municipales del Poder Popular

Este domingo, elecciones en Cuba para delegados a  asambleas municipales del Poder Popular

Roberto Pérez Betancourt

Conforme al calendario orientado por la Comisión Electoral Nacional (CEN), este domingo se efectuarán elecciones para delegados a las asambleas municipales del Poder Popular (AMPP, gobiernos locales), en toda Cuba, con los candidatos nominados por aclamación  en las reuniones de vecinos efectuadas en  cada circunscripción  del país.

Alina Balseiro Gutiérrez, presidenta de la CEN, declaró a la prensa  que desde el 1ro. de noviembre fueron  expuestas las fotos y biografías de los candidatos en cada uno de los municipios y  hasta el 17 de noviembre se extendió  el proceso de capacitación sobre estos temas.

En las circunscripciones donde sea necesario,  tendrá lugar una segunda vuelta de comicios el 3 de diciembre y, en los 21 días siguientes a la elección de todos los candidatos, quedarán constituidas las AMPP.

Los electores deben tener en cuenta para el día de la votación,  la necesidad de informarse sobre en qué lugar está ubicado el colegio electoral del votante para ejercer su derecho al voto, así como también la verificación de su inscripción en la lista de electores, la cual estará expuesta en lugares visibles y de mucha concurrencia en cada comunidad.

 

Destaca Esteban Lazo importancia de los comicios del próximo domingo

 

Esteban Lazo Hernández, miembro del Buró Político del Partido Comunista de Cuba y presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, afirmó que luego del éxito de la Prueba Dinámica del pasado domingo, lo más importante es que las familias acudan masivamente a las urnas el próximo día 26, cuando más de 8 millones de cubanos elegirán a sus delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular.

 Las comisiones electorales provinciales  aprobaron   12 mil 515 circunscripciones. Las  elecciones generales fueron  convocadas el 14 de junio último por el Consejo de Estado, conforme a lo establecido en la Constitución de la República y en la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, «Ley Electoral».

  Los delegados a las asambleas municipales serán electos por el  término de dos años y medio,  y por cinco año  los delegados a las Asambleas Provinciales y a los diputados al Parlamento, en fecha que oportunamente se publicará, de acuerdo con información oficial.

  Trascendió que del conjunto de circunscripciones, 38 tienen  carácter especial, 168  cuentan con menos de 200 habitantes, y nueve de ellas reportan menos de 100 personas. 

   Todas las personas, civiles o militares, en uso de sus plenas facultades mentales y políticas, aparecerán  inscriptas en la relación de votantes de cada localidad sin necesidad de que haya mediado gestión personal ni pago alguno para acudir a las urnas.   Solo quienes padezcan  alguna enfermedad certificada que los incapacite en el uso de la razón, o cumplan penas por sanciones a delitos cometidos, serán excluidos  conforme a lo dispuesto por la Ley Electoral.

   Antes de los comicios, las listas de electores se hacen públicas por parte de las comisiones electorales en cada circunscripción, para propiciar que todo ausente en ellas, por error u omisión involuntaria,  reclame y obtenga su inscripción.

   Pero si  por cualquier causa no apareciera en la lista correspondiente, el ciudadano podrá incorporarse a ella en el momento mismo de la votación en el lugar de residencia, acreditando solo su vecindad y edad. (TVY)(25/11/17).

0 comentarios